Pareja de Hecho en Valencia

ABOGADOS DE FAMILIA EN TODA ESPAÑA

Especialistas en pareja de hecho · Miembros AEAFA

Constitución y disolución en toda España · Precio cerrado

CONSTITUCIÓN

✓ Consultas
✓ Gestión documental completa
✓ Registro autonómico o notaría
✓ IVA incluido

Precio: 200 € por pareja

DISOLUCIÓN

✓ Consulta
✓ Gestión documental completa
✓ Registro o notaría (sin hijos menores)
✓ IVA incluido

Precio: 250 € por miembro (sin hijos)
Precio: 350 € por miembro (con hijos)

Mario López Ruiz · Abogado de familia · Colegiado nº 7745 ICAMUR · CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023 · Miembro AEAFA


La pareja de hecho en Valencia (denominada oficialmente unión de hecho formalizada en la Comunitat Valenciana) cuenta con una característica que la distingue de la mayoría de comunidades autónomas: no exige convivencia previa para inscribirse.

Mientras que Madrid exige 12 meses de empadronamiento conjunto y Cataluña requiere dos años de convivencia acreditada, la Ley 5/2012 de la Generalitat Valenciana permite la inscripción directa con independencia del tiempo que lleve la pareja conviviendo.

Esta particularidad convierte a la Comunitat Valenciana en uno de los territorios más accesibles de España para formalizar la unión, junto con el País Vasco.

En LOGARM ABOGADOS (Tel. 619 25 60 05) gestionamos la constitución y disolución de uniones de hecho formalizadas en Valencia con precio cerrado de 200 € por pareja, pago aplazado y consulta previa gratis.

Logo AEAFA Asociación Española de Abogados de Familia LOGARM ABOGADOS pareja de hecho Valencia

Miembros de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).

La Ley 5/2012 de uniones de hecho formalizadas de la Comunitat Valenciana

La normativa aplicable es la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de la Generalitat (DOCV nº 6.884, de 18/10/2012), desarrollada por el Decreto 34/2022, de 1 de abril, del Consell, que regula la organización y funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas.

Los aspectos más relevantes de esta ley son:

  • Sin convivencia previa exigida: la Ley 5/2012 no establece ningún período mínimo de convivencia. La pareja puede acudir al registro desde el primer día de la relación.
  • Inscripción constitutiva: la unión existe jurídicamente desde el momento de la inscripción, no antes. Es diferente al modelo catalán, donde la pareja puede existir jurídicamente sin estar inscrita.
  • Basta con que uno de los miembros esté empadronado en la Comunitat Valenciana. No es obligatorio que ambos lo estén.
  • Tramitación telemática disponible a través de la sede electrónica de la Generalitat para quienes dispongan de certificado digital.

Registro de Uniones de Hecho Formalizadas: datos y cita previa

El Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana depende de la Conselleria de Justicia y Administración Pública de la Generalitat Valenciana.

Dato Información verificada
Dirección sede central C/ de la Democracia, 77 · Ciudad Administrativa 9 de Octubre · Torre 4 · Valencia
Teléfono 96 386 60 00 y 012
Email registreunionsfetcv@gva.es
Tramitación telemática Disponible en sede.gva.es con certificado digital
Cita previa Obligatoria para atención presencial
Tasa Modelo 046 · 60 €
Antigüedad máxima documentos 3 meses desde su expedición

El teléfono de atención es el 96 386 60 00 o el 012.

La tramitación telemática permite presentar toda la documentación sin acudir presencialmente, aunque la comparecencia final ante el funcionario del registro sigue siendo necesaria salvo que se aporte escritura notarial.

Cuando la pareja opta por la vía notarial, la escritura sustituye esa comparecencia: basta presentarla junto con la solicitud de inscripción, sin necesidad de cita adicional en la sede.


Requisitos para inscribirse como pareja de hecho en Valencia

Los requisitos establecidos por la Ley 5/2012 son los siguientes:

Requisitos personales

  • Mayoría de edad o emancipación de ambos miembros.
  • Ausencia de parentesco en línea recta ni colateral hasta segundo grado.
  • No estar casado con otra persona ni inscrito en otra unión de hecho en cualquier registro de España.
  • Al menos uno de los miembros empadronado en algún municipio de la Comunitat Valenciana.

Lo que no se exige en Valencia

A diferencia de la mayoría de comunidades, en Valencia no se exige:

  • Convivencia previa de ninguna duración.
  • Empadronamiento conjunto — solo uno de los miembros debe estar empadronado en la CV.
  • Testigos en el acto de inscripción.

Documentación necesaria para inscribirse en Valencia

Los documentos del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas tienen una particularidad importante: todos deben haber sido expedidos en los últimos 3 meses, un plazo más estricto que en otras comunidades donde se acepta hasta 6 meses.

Documento Observaciones
DNI, NIE o pasaporte en vigor Ambos miembros · Original
Certificado literal de nacimiento Expedido hace menos de 3 meses
Certificado de estado civil Fe de soltería o divorcio firme · Menos de 3 meses
Declaración responsable Ausencia de impedimentos legales
Certificación empadronamiento histórico Últimos 10 años en algún municipio de la CV (al menos uno)
Tasa modelo 046 60 € · Pago previo a la inscripción

Cuando uno de los miembros es extranjero, los documentos expedidos fuera de España deben apostillarse y traducirse al castellano o al valenciano por traductor jurado.

Si uno de los miembros reside fuera de España, puede aportar escritura notarial en sustitución de la comparecencia personal en el registro.


Vía registral o vía notarial: plazos y diferencias en Valencia

En Valencia, a diferencia de Madrid o Andalucía, ambas vías están disponibles desde el primer día de la relación porque ninguna exige convivencia previa.

Vía registral

El plazo depende de la disponibilidad de cita en el registro. Una vez presentada la documentación completa, la resolución de inscripción se produce en el plazo que fije el órgano gestor. La principal ventaja es el coste reducido: solo la tasa de 60 €.

Vía notarial

La escritura puede firmarse en 2 a 7 días desde que se reúne la documentación. Además de la rapidez, la escritura notarial sustituye la comparecencia presencial en el registro — la pareja no tiene que acudir a C/ de la Democracia, 77.

Vía Convivencia previa Coste oficial Comparecencia en registro Plazo estimado
Registral No exigida 60 € (modelo 046) Sí, obligatoria Semanas según disponibilidad
Notarial No exigida Arancel notarial 50–300 € No — sustituida por escritura 2–7 días

Derechos y beneficios de la pareja de hecho en Valencia

La Ley 5/2012 reconoce a las uniones de hecho formalizadas los siguientes derechos en el ámbito de la Comunitat Valenciana:

  • Equiparación al matrimonio en todas las referencias normativas autonómicas que mencionan a cónyuges o familias.
  • Acceso a vivienda pública con los mismos criterios que las parejas casadas en las convocatorias de la Generalitat.
  • Beneficios fiscales: en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones de la Comunitat Valenciana, las parejas de hecho inscritas tienen el mismo tratamiento que los cónyuges desde 2013.
  • Reconocimiento a efectos de dependencia y servicios sociales.

En el ámbito estatal, la inscripción acredita la unión ante la Seguridad Social y es válida para los trámites de extranjería.

La pensión de viudedad requiere los tres requisitos cumulativos que exige la legislación estatal, igual que en cualquier otra comunidad.


Cómo tramitamos la unión de hecho en Valencia desde LOGARM ABOGADOS

Mario López CEO LOGARM ABOGADOS abogado pareja de hecho Valencia

Ldo. Mario López, CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023. Acceder a su perfil de LinkedIn.

Si se opta por la vía registral, la comparecencia presencial deberá realizarse en la sede situada en C/ de la Democracia, 77 en Valencia.

Paso Qué hacemos
1. Consulta gratuita Analizamos qué vía es más conveniente: registral con comparecencia presencial o notarial sin necesidad de acudir al registro.
2. Revisión documental Verificamos que todos los documentos tienen antigüedad inferior a 3 meses, requisito más estricto que en otras comunidades.
3. Gestión del trámite Presentamos la documentación telemáticamente y/o coordinamos la cita presencial, según la vía elegida.
4. Resolución e inscripción Le informamos en cuanto el registro emite la resolución y le enviamos el certificado de unión de hecho formalizada.

Preguntas frecuentes sobre la pareja de hecho en Valencia

¿Puedo inscribirme como pareja de hecho en Valencia si llevamos poco tiempo juntos?

Sí. La Ley 5/2012 no exige ningún período mínimo de convivencia. La inscripción puede solicitarse desde el primer día de la relación, siempre que se cumplan los requisitos personales.

¿Se puede tramitar online?

Sí. La tramitación puede iniciarse telemáticamente a través de sede.gva.es si ambos miembros disponen de certificado digital. La vía notarial también evita la comparecencia presencial en el registro.

¿Cuánto cuesta hacerse pareja de hecho en Valencia?

El coste oficial del registro es de 60 € (tasa modelo 046), abonados a la Generalitat Valenciana. Los honorarios de LOGARM ABOGADOS son 200 € por pareja, con pago aplazado. Si se opta por la vía notarial, hay que añadir el arancel notarial (entre 50 € y 300 €).

¿La pareja de hecho valenciana tiene los mismos derechos sucesorios que en Cataluña?

No. En Cataluña el Código Civil equipara la pareja estable al matrimonio en sucesiones. En Valencia, la Ley 5/2012 reconoce equiparación en el Impuesto de Sucesiones autonómico, pero no genera derechos sucesorios automáticos como el matrimonio sin testamento.

¿Puedo inscribirme si mi pareja vive en el extranjero?

Sí. El miembro que no puede comparecer en el registro puede aportar escritura notarial otorgada en su país, debidamente apostillada, que sustituye su comparecencia personal.

¿Qué diferencia hay entre unión de hecho y pareja de hecho en Valencia?

En la Comunitat Valenciana, la denominación legal oficial es unión de hecho formalizada. En el uso cotidiano se utiliza indistintamente pareja de hecho, unión de hecho Valencia o pareja estable. Son la misma figura jurídica con distintas denominaciones.


Pareja de hecho en Valencia: consulta gratuita con LOGARM ABOGADOS

LOGARM ABOGADOS gestiona la inscripción y disolución de uniones de hecho formalizadas en Valencia con conocimiento específico de la Ley 5/2012 y del Decreto 34/2022.

Para información sobre la normativa general, consulte nuestra guía completa sobre pareja de hecho o la página de requisitos pareja de hecho por comunidad autónoma.

Para conocer cómo constituir pareja de hecho paso a paso, o comparar la vía notarial frente a la registral, dispone de páginas específicas.

El proceso de disolución de pareja de hecho también tiene su propia guía.

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