Pareja de Hecho

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Especialistas en pareja de hecho · Miembros AEAFA

Constitución y disolución en toda España · Precio cerrado

CONSTITUCIÓN

✓ Consultas
✓ Gestión documental completa
✓ Registro autonómico o notaría
✓ IVA incluido

Precio: 200 € por pareja

DISOLUCIÓN

✓ Consulta
✓ Gestión documental completa
✓ Registro o notaría (sin hijos menores)
✓ IVA incluido

Precio: 250 € por miembro (sin hijos)
Precio: 350 € por miembro (con hijos)

Mario López Ruiz · Abogado de familia · Colegiado nº 7745 · CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023 · Miembro AEAFA


La pareja de hecho (también denominada unión de hecho (sin tilde en muchos buscadores: union de hecho) o pareja estable) es la unión convivencial de dos personas que mantienen una relación análoga al matrimonio sin haberlo contraído.

Quien busca regular la convivencia pareja sin estar casados encuentra en esta figura el reconocimiento legal de su situación.

En España no existe ley estatal: cada comunidad autónoma regula su propia normativa, lo que provoca que los requisitos, el órgano de inscripción y los derechos varíen según el lugar de residencia.

En LOGARM ABOGADOS tramitamos la constitución y la disolución de parejas de hecho en toda España con precio cerrado y pago aplazado.

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Somos miembros de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).

Pareja de hecho: qué es, sinónimos y diferencias con el matrimonio

La pareja de hecho que es una pregunta frecuente, tiene una respuesta jurídica clara: convivencia estable de dos personas con voluntad análoga a la matrimonial.

La figura recibe distintos nombres según la comunidad autónoma (unión de hecho en Madrid y Andalucía, parejas estables en Cataluña, Aragón y Asturias, uniones de hecho formalizadas en la Comunitat Valenciana) pero el concepto jurídico es esencialmente el mismo.

En el lenguaje doctrinal también se denomina relación more uxorio.

La pregunta “es lo mismo pareja de hecho que matrimonio” tiene respuesta categórica: no. Aunque ambas figuras reconocen una convivencia estable, los efectos jurídicos son significativamente distintos.

El matrimonio se regula por el Código Civil estatal y produce los mismos efectos en todo el territorio nacional.

La pareja de hecho, en cambio, depende de 17 normativas autonómicas distintas, no permite declaración conjunta de IRPF y, salvo excepciones autonómicas como Cataluña, no genera derechos sucesorios automáticos sin testamento.

Aspecto Matrimonio Pareja de hecho
Regulación Código Civil estatal 17 normativas autonómicas
Trámite de constitución Juzgado de Paz, Ayuntamiento o notaría Registro autonómico o notaría
Régimen económico Gananciales por defecto Sin régimen automático
Pensión de viudedad Sin requisitos especiales Con requisitos adicionales
Derechos sucesorios Heredero forzoso por ley Solo con testamento (salvo Cataluña)
Declaración IRPF conjunta Permitida No permitida
Disolución Divorcio judicial o notarial Cancelación registral o escritura
Reconocimiento territorial Toda España y UE Variable por CCAA

La diferencia más relevante en la práctica es la sucesoria: si fallece uno de los miembros sin haber otorgado testamento, el conviviente puede quedar sin nada en la mayoría de comunidades autónomas.

Por eso recomendamos siempre otorgar testamento al constituir la unión.


La pareja de hecho por comunidad autónoma: 17 normativas distintas

Los requisitos pareja de hecho (y, según el orden de búsqueda más habitual, también la consulta sobre pareja de hecho requisitos) dependen de cada normativa autonómica.

El derecho de la pareja de hecho se ha desarrollado en España de forma fragmentada.

La Constitución no atribuyó esta materia al Estado central, y desde 2001 las comunidades autónomas han ido aprobando sus propias leyes.

La pareja de hecho Comunidad Valenciana, la pareja de hecho Baleares, Madrid, Andalucía, Cataluña y el resto operan bajo regímenes propios. Un mismo documento puede ser válido en una comunidad y no en otra.

Comunidad Autónoma Norma aplicable Convivencia mínima Órgano de inscripción
Andalucía Ley 5/2002 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Delegación Territorial de Inclusión Social
Aragón Código de Derecho Foral de Aragón 2 años o escritura pública Registro Administrativo de Parejas Estables
Asturias Ley 4/2002 de Parejas Estables 1 año o escritura pública Registro de Uniones de Hecho del Principado
Baleares Ley 18/2001 de Parejas Estables 1 año o escritura pública Registro de Parejas Estables Illes Balears
Canarias Ley 5/2003 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Registro de Parejas de Hecho de Canarias
Cantabria Ley 1/2005 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Registro de Parejas de Hecho
Castilla-La Mancha Sin ley autonómica específica Según municipio Registros municipales o escritura
Castilla y León Sin ley autonómica específica Según municipio Registros municipales o escritura
Cataluña Libro Segundo Código Civil de Cataluña 2 años, hijo común o escritura Registro de Parejas Estables
Comunitat Valenciana Ley 5/2012 de Uniones de Hecho Formalizadas Inscripción directa Registro de Uniones de Hecho de la Generalitat
Extremadura Ley 5/2003 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Registro de Parejas de Hecho
Galicia Ley 2/2006 — Disposición Adicional 3ª Declaración expresa Registro de Parejas de Hecho de Galicia
La Rioja Ley 4/2010 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Registro de Parejas de Hecho de La Rioja
Madrid Ley 11/2001 de Uniones de Hecho 12 meses o escritura pública Registro de la CAM (online disponible)
Murcia Ley 7/2018 de Parejas de Hecho 1 año o escritura pública Registro Único de Parejas de Hecho
Navarra Ley Foral 6/2000 (con modificaciones del TC) 1 año o escritura pública Registro Único de Parejas Estables
País Vasco Ley 2/2003 de Parejas de Hecho Inscripción directa Registro de Parejas de Hecho de Euskadi
Ceuta / Melilla Sin ley autonómica Según ordenanza local Registro municipal o escritura notarial

Hay tres consecuencias prácticas que conviene tener presentes.

Primero, no se puede inscribir una pareja de hecho en una comunidad distinta a aquella donde ambos miembros están empadronados.

Segundo, si la comunidad exige convivencia previa, la pareja de hecho ante notario es la vía rápida para acreditarla sin esperar.

Tercero, una pareja de hecho inscrita en Madrid puede no reconocerse automáticamente al trasladarse a residir a Galicia: pueden tener que reinscribirse según la nueva normativa autonómica.


Derechos y obligaciones de la pareja de hecho

Los derechos y las obligaciones pareja de hecho difieren significativamente de los del matrimonio en algunos ámbitos (viudedad, herencia, fiscalidad) y se equiparan en otros (filiación, patria potestad). El conjunto que sigue resume los efectos jurídicos más relevantes.

Viudedad pareja de hecho

La viudedad pareja de hecho se reconoce por la Seguridad Social cuando se acreditan tres requisitos cumulativos: inscripción registral o escritura pública con dos años mínimos de antigüedad antes del fallecimiento, convivencia estable acreditada de al menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento, y nivel de ingresos del miembro superviviente por debajo de los umbrales que fija anualmente la normativa de la Seguridad Social.

En el caso del matrimonio, la pensión se reconoce automáticamente sin estas exigencias.

La viudedad pareja de hecho no inscrita ha generado abundante jurisprudencia, especialmente en supuestos de pareja de hecho post mortem en los que el conviviente superviviente solicita reconocimiento retroactivo.

El Tribunal Supremo ha permitido en algunos supuestos reconocer la pensión a pesar de la falta de inscripción formal, especialmente cuando hay hijos comunes y se acredita convivencia prolongada por medios distintos (empadronamiento conjunto, contratos firmados como pareja, declaraciones de Hacienda).

No obstante, la vía registral o notarial sigue siendo la única que garantiza el derecho.

Herencias y derechos sucesorios

La pregunta “la pareja de hecho hereda o no” tiene una respuesta que depende íntegramente de la comunidad autónoma. Cataluña reconoce al conviviente derechos sucesorios próximos al cónyuge.

Madrid, Andalucía y la mayoría del territorio no equiparan: si no hay testamento, el conviviente superviviente puede no recibir nada, pasando la herencia a hijos, padres o hermanos del fallecido.

La fiscalidad sucesoria también difiere: la pareja de hecho no se asimila al cónyuge en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en muchas comunidades, lo que se traduce en bonificaciones autonómicas más limitadas.

El conviviente puede heredar la misma cantidad económica que un cónyuge pero pagar bastante más impuesto por hacerlo.

Pareja de hecho con hijos: filiación y obligaciones paternofiliales

La pareja de hecho con hijos opera exactamente igual que el matrimonio en cuanto a las obligaciones hacia los menores.

La filiación se determina por el reconocimiento paterno y la inscripción en el Registro Civil, sin que el estatus de pareja de hecho tenga incidencia.

Patria potestad, custodia, pensión de alimentos y régimen de visitas se regulan por las mismas normas que para parejas casadas.

Si la pareja se rompe y existen hijos menores en común, debe tramitarse un procedimiento judicial de medidas paternofiliales obligatoriamente, con intervención del Ministerio Fiscal.

El Consejo General del Poder Judicial ofrece una calculadora oficial de orientación sobre la cuantía de la pensión de alimentos, útil como referencia objetiva.

Pareja de hecho gananciales: ¿existen?

Respuesta directa: no. En la pareja de hecho gananciales no aplican como régimen automático.

A diferencia del matrimonio (donde rige la sociedad de gananciales salvo capitulaciones) en la pareja de hecho cada miembro mantiene la titularidad de sus propios bienes, salvo que se pacte expresamente otra cosa por escritura pública.

Esto significa que las nóminas, las cuentas bancarias y los bienes adquiridos durante la convivencia son del titular que figure en cada uno, no de la pareja conjuntamente.

Si los convivientes quieren regular cómo se comparten los ingresos, los gastos comunes o el patrimonio en caso de ruptura, deben suscribir pactos económicos por escritura pública, análogos a las capitulaciones matrimoniales.

Sin estos pactos, cada uno se queda lo suyo y no hay régimen patrimonial común que liquidar.

Fiscalidad y declaración de IRPF

La pareja de hecho no permite declaración conjunta de IRPF. La normativa estatal del impuesto reserva esta opción exclusivamente a los matrimonios. En el ámbito autonómico, algunas comunidades equiparan la pareja de hecho al matrimonio para determinados impuestos cedidos (sucesiones, donaciones, ITP) cuando la pareja está formalmente inscrita; otras no lo hacen.


Ventajas e inconvenientes de la pareja de hecho frente al matrimonio

Las ventajas pareja de hecho y los inconvenientes pareja de hecho conviene analizarlos antes de tomar la decisión.

La opción entre matrimonio pareja de hecho u optar por la unión de hecho depende del proyecto de cada pareja y de las consecuencias jurídicas que se busquen.

La pareja de hecho ofrece flexibilidad y reversibilidad, pero a costa de menos derechos automáticos que el matrimonio.

Ventajas de la pareja de hecho Inconvenientes de la pareja de hecho
Disolución más sencilla y barata (sin juicio ni notario obligatorio sin hijos) Sin declaración conjunta de IRPF
Sin régimen económico automático: cada uno conserva sus bienes Sin derechos sucesorios automáticos (salvo testamento)
Reconocimiento de pensión de viudedad con requisitos Viudedad con tres requisitos cumulativos exigentes
Acceso a ciertas ayudas y subvenciones autonómicas Reconocimiento variable entre CCAA al cambiar de residencia
Compatibilidad con uniones afectivas no convencionales Sin equiparación fiscal estatal al matrimonio
Posibilidad de pactar régimen económico a medida Sin equivalente automático a las capitulaciones matrimoniales
Trámite ágil por vía notarial sin esperar al juzgado Listas de espera en algunos registros autonómicos

Como regla general: el matrimonio aporta más derechos automáticos a cambio de menor flexibilidad.

La pareja de hecho aporta más flexibilidad a cambio de tener que pactar expresamente lo que el matrimonio da por defecto. No hay opción objetivamente mejor: depende de los objetivos personales y patrimoniales de cada pareja.


Documentos pareja de hecho: qué necesita aportar

La documentación exigida para constituir pareja de hecho varía entre comunidades autónomas, pero existe un núcleo común que se solicita en todos los casos. La pregunta “papeles pareja de hecho” o “documentos para hacer pareja de hecho” tiene esta respuesta operativa:

Documentación común exigida en toda España

  • DNI, NIE o pasaporte vigente de ambos miembros
  • Certificado literal de nacimiento de cada miembro
  • Certificado de estado civil (de soltería o de divorcio firme)
  • Certificado de empadronamiento conjunto o de empadronamiento individual en la misma comunidad
  • Declaración jurada de no estar unido en matrimonio ni en otra pareja de hecho anterior (algunos registros exigen la declaracion jurada en formato específico)
  • Declaración expresa de voluntad de constituir pareja de hecho

Documentación adicional según comunidad autónoma

  • Dos testigos mayores de edad con DNI vigente en algunas CCAA (Andalucía, Madrid, Aragón cuando se exige escritura)
  • Certificado de convivencia de uno o dos años (acreditable por empadronamiento histórico) en comunidades que lo exijan
  • Libro de familia o certificado de nacimiento del hijo común, si lo hay, como sustitutivo del requisito de convivencia previa
  • Apostilla de La Haya y traducción jurada en caso de documentos extranjeros
  • NIE del miembro extranjero si va a residir en España

En LOGARM ABOGADOS revisamos previamente toda la documentación antes de presentarla, de modo que ningún expediente sea rechazado por defectos formales. Es uno de los motivos por los que la vía notarial, gestionada por abogado, resuelve en días lo que el registro puede demorar semanas o meses.


Cómo constituir pareja de hecho: ayuntamiento, registro autonómico o notario

Vía 1 — Registro autonómico (pareja de hecho ayuntamiento o consejería)

La pareja de hecho ayuntamiento es una expresión imprecisa pero muy extendida: en realidad la inscripción se realiza ante el Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma, que en algunas comunidades depende de la consejería competente y en otras delega en los ayuntamientos locales.

Para inscribirse como pareja de hecho por esta vía no se necesita abogado, aunque la lista de espera de citas suele ser de semanas o meses. Esta vía es gratuita o de coste mínimo.

La pregunta “pareja de hecho cuánto tarda” (también escrita sin tilde: pareja de hecho cuanto tarda) tiene esta respuesta por vía registral: entre dos semanas y seis meses, dependiendo del volumen de citas pendientes en cada registro.

Madrid ha habilitado inscripción online recientemente que acelera el proceso; Murcia ha agilizado su Registro Único; en otras comunidades sigue habiendo demoras significativas.

Vía 2 — Pareja de hecho ante notario (escritura pública)

El notario pareja de hecho es la vía rápida: una vez reunida la documentación, la firma puede producirse en pocos días. El notario otorga escritura pública de constitución que tiene efectos legales inmediatos.

El coste arancelario notarial habitual oscila entre 50 € y 300 € según el contenido del documento.

La pareja de hecho notarial tiene la misma validez jurídica que la inscrita en registro, y en algunas comunidades es la única vía cuando no se cumple el requisito de convivencia previa exigido por la ley autonómica.

La constitución pareja de hecho ante notario es obligatoria también cuando uno de los miembros reside en el extranjero, o cuando se quieren incorporar pactos económicos detallados al documento. Más información sobre esta vía en pareja de hecho ante notario.

Plazos comparados de constitución

Vía Plazo habitual Coste arancel Requiere abogado
Registro autonómico estándar 2-24 semanas 0 – 30 € No obligatorio
Registro autonómico online (CAM, Murcia) 1-4 semanas 0 – 30 € No obligatorio
Notarial sin pactos económicos 2-7 días 50 – 150 € Recomendable
Notarial con pactos económicos 5-15 días 150 – 300 € Recomendable

Para iniciar el trámite por la vía rápida, le orientamos en constituir pareja de hecho y le indicamos exactamente qué necesita aportar según su comunidad de residencia.

También resolvemos antes la cuestión “requisitos pareja de hecho” en su comunidad autónoma concreta, ya que cada una establece sus propios requisitos para ser pareja de hecho.


Disolución pareja de hecho: cómo disolver pareja de hecho según el caso

La disolución pareja de hecho puede realizarse por distintas vías según dos variables: si la pareja estaba inscrita o no, y si existen hijos menores en común. La combinación determina el procedimiento.

Disolver pareja de hecho sin hijos menores

Cuando la pareja está inscrita, se solicita la cancelación ante el mismo Registro autonómico donde se constituyó. Puede hacerse de mutuo acuerdo (solicitud conjunta) o unilateralmente (basta con la solicitud de uno notificada al otro).

Si hay pactos económicos o bienes en común, lo recomendable es formalizar un acuerdo de disolución pareja de hecho que regule la separación patrimonial.

Pareja de hecho no inscrita: cómo disolver

Si la pareja era pareja de hecho no inscrita, no hay vínculo jurídico que disolver formalmente.

Lo que sí debe regularse es la separación de los aspectos comunes: vivienda compartida, deudas, distribución de bienes adquiridos conjuntamente, compensaciones económicas pactadas en su día por escritura. Se redacta acuerdo privado o escritura pública según la complejidad del patrimonio.

Separación pareja de hecho con hijos menores

La separación pareja de hecho con hijos menores exige procedimiento judicial obligatorio, con intervención del Ministerio Fiscal en defensa del interés del menor. Se denomina Medidas Paternofiliales y regula custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, atribución de uso de la vivienda familiar y gastos extraordinarios.

Es independiente de que la pareja estuviera inscrita o no: lo que activa la vía judicial es la existencia de hijos menores, no el estatus formal de la unión. Cuando hablamos de separacion de pareja de hecho con hijos nos referimos siempre a este procedimiento.

Tramitamos este procedimiento a través de la URL específica de separación con hijos sin estar casados, que cubre todo el proceso desde la redacción del convenio regulador hasta la sentencia firme.


Tarifas LOGARM ABOGADOS para pareja de hecho: Precios cerrados

Las preguntas “pareja de hecho precio” y “pareja de hecho cuanto cuesta” tienen una respuesta directa en LOGARM ABOGADOS: honorarios cerrados y conocidos de antemano.

No utilizamos fórmulas como “precio desde” ni “precio de partida”. La cifra que le indicamos en la primera llamada es la que pagará, sin honorarios complementarios.

Los aranceles notariales, cuando se usa esa vía, se abonan directamente a la notaría el día de la firma.

Servicio Honorarios LOGARM Vía habitual
Constitución pareja de hecho estándar 200 € por pareja Registro autonómico o notaría
Constitución con pactos económicos 400 € por pareja Notaría (escritura pública)
Disolución sin hijos menores 250 € por miembro Registro o notaría
Disolución con hijos menores 350 € por miembro Procedimiento judicial
Consulta estratégica previa Gratuita Teléfono o WhatsApp

El pago es aplazado en todos los servicios: la mitad al iniciar el expediente y la mitad a la firma o ratificación.

Los honorarios incluyen consultas ilimitadas hasta la conclusión del trámite, redacción de la documentación adaptada a su caso y, cuando procede, asistencia presencial en notaría.


Por qué tramitar su pareja de hecho con LOGARM ABOGADOS

El registro autonómico es gratuito. La pregunta razonable es por qué pagar a un abogado por algo que la administración tramita sin coste.

La respuesta está en cinco elementos que el funcionariado del registro no proporciona y que pueden marcar la diferencia entre una pareja de hecho bien constituida y una que genera problemas años después.

Mario López CEO LOGARM ABOGADOS abogado pareja de hecho España

Ldo. Mario López, CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023. Acceder a su perfil de LinkedIn.

 

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Pactos económicos a medida Redactamos pactos de régimen económico, compensaciones por dedicación, atribución de vivienda y previsiones sucesorias. Es lo que evita litigios años después.
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Precio cerrado con pago aplazado 200 € por pareja en constitución estándar, 400 € si incorpora pactos económicos. Sin honorarios ocultos, sin recargos por desplazamiento, con pago en dos plazos.

Preguntas frecuentes sobre la pareja de hecho

Pareja de hecho cómo hacer: ¿cuál es el procedimiento más rápido?

La pregunta sobre pareja de hecho como hacer tiene dos respuestas según la prioridad. Si el coste es la prioridad, la vía registral autonómica es gratuita pero más lenta.

Si el plazo es la prioridad, la vía notarial es la más rápida: una vez reunida la documentación, la firma puede producirse en 2-7 días. La elección depende de la comunidad de residencia y de si se cumple el requisito de convivencia previa que cada comunidad establece.

¿Cuáles son los requisitos pareja de hecho en España?

Los requisitos para ser pareja de hecho comunes son: ser mayor de edad o estar emancipado, no estar unido en matrimonio o en otra pareja de hecho previa, no tener parentesco directo, residir en la comunidad autónoma donde se quiera inscribir y declarar la voluntad expresa de constituir la unión.

Se añaden requisitos adicionales según comunidad: convivencia previa de uno o dos años (acreditable por empadronamiento o por escritura pública), aportación de testigos en algunas comunidades, e hijos comunes como sustitutivo del requisito de convivencia.

¿Cuánto cuesta hacer pareja de hecho ante notario?

El arancel notarial habitual oscila entre 50 € y 300 € según la extensión del documento. A esto se suman los honorarios de abogado si la pareja contrata asesoramiento profesional. En LOGARM nuestros honorarios son 200 € por pareja para constitución estándar y 400 € por pareja cuando se incorporan pactos económicos.

¿Pareja de hecho con extranjero da derecho a residencia en España?

Sí. La condición de pareja de hecho con extranjero, ya sea inscrita o constituida por escritura pública, es título habilitante para solicitar la residencia como familiar de ciudadano de la UE o, según el caso, la autorización de residencia por arraigo familiar. La documentación adicional dependerá de la nacionalidad del miembro extranjero y su situación administrativa previa. Esta vía es conocida como pareja de hecho para papeles y conviene tramitarla en paralelo con asesoramiento de extranjería cuando proceda.

¿Tiene derecho a pensión de viudedad pareja de hecho?

Sí, con tres requisitos cumulativos: inscripción registral o escritura pública con dos años mínimos de antigüedad antes del fallecimiento, convivencia estable de al menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento y nivel de ingresos del miembro superviviente por debajo de los umbrales fijados por la Seguridad Social. Si falta alguno de los tres requisitos, la denegación es lo habitual.

¿La pareja de hecho hereda automáticamente?

Solo en algunas comunidades autónomas que reconocen al conviviente derechos sucesorios próximos al cónyuge, como Cataluña. En el resto, si no hay testamento, el conviviente no es heredero forzoso por ley: la herencia pasa íntegra a hijos del fallecido o, en su defecto, a padres y hermanos. Por esto recomendamos otorgar testamento al constituir la unión.

¿Puedo inscribirme pareja de hecho estando casado o separado pero no divorciado?

No. Para constituir pareja de hecho ambos miembros deben estar libres de vínculo matrimonial previo. La situación de “pareja de hecho estando casado” no es jurídicamente posible: una persona separada pero no divorciada sigue legalmente casada y no puede inscribirse hasta obtener la sentencia firme de divorcio. La separación judicial o de hecho no equivale al divorcio a estos efectos. Si necesita resolver primero su situación matrimonial, le orientamos en divorcio express.

¿Se puede ser pareja de hecho a distancia o con domicilios diferentes?

La pareja de hecho a distancia es una expresión coloquial para describir parejas que no conviven en el mismo domicilio. Jurídicamente, la mayoría de comunidades autónomas exige acreditar convivencia o empadronamiento conjunto durante un período determinado para inscribir la unión.

Sin convivencia real acreditada, las opciones se reducen a constituir la pareja por escritura pública notarial en aquellas comunidades que lo permiten sin requisito de convivencia previa, o a esperar a empadronarse conjuntamente. Los “domicilios diferentes” entre miembros de la pareja suelen impedir la inscripción registral, pero no necesariamente la constitución notarial.

¿Se puede casarse después de pareja de hecho?

Casarse después de pareja de hecho es perfectamente posible y sin restricción. Ser pareja de hecho no impide contraer matrimonio posteriormente con la misma persona.

De hecho es bastante habitual: la pareja se inscribe inicialmente para regular su situación con un compromiso menos formal, y años después decide casarse para acceder a los beneficios automáticos del matrimonio (declaración conjunta IRPF, herencia, pensión de viudedad sin requisitos).

Al contraer matrimonio, la pareja de hecho se extingue automáticamente y se cancela la inscripción.

¿Qué es una pareja de hecho falsa o fraudulenta?

La pareja de hecho falsa es aquella constituida con finalidades distintas a la convivencia real, como obtener residencia para uno de los miembros, acceder a beneficios fiscales o pensiones sin que exista relación afectiva genuina.

Es una conducta perseguida por la administración: si se detecta, la inscripción se anula con efecto retroactivo, pueden imponerse sanciones administrativas y, en supuestos graves de fraude documental, puede haber consecuencias penales.

La administración cruza datos de empadronamiento, declaraciones de IRPF y movimientos bancarios para detectar uniones sin convivencia real.

¿Se necesitan testigos pareja de hecho?

La cuestión de los testigos pareja de hecho depende de la comunidad autónoma y de la vía elegida. En algunas comunidades (Madrid, Andalucía, Aragón cuando se exige escritura) se exigen dos testigos mayores de edad presenciales en el acto.

Otras no los exigen. En la vía notarial, la presencia de testigos depende del notario y del contenido de la escritura.

Los testigos deben ser personas que conozcan a la pareja y puedan declarar sobre la realidad de la convivencia: no es un trámite formal sino una garantía sobre la veracidad de la unión.

¿Cuánto tarda la disolución pareja de hecho?

Disolver pareja de hecho sin hijos menores se tramita en pocos días por la misma vía que se constituyó (registral o notarial). Con hijos menores, el procedimiento judicial de medidas paternofiliales tarda habitualmente entre tres y seis meses si es de mutuo acuerdo, y entre uno y dos años si es contencioso.


Asesoramiento sobre pareja de hecho en toda España

En LOGARM ABOGADOS tramitamos la constitución y la disolución pareja de hecho en las 17 comunidades autónomas, conociendo las particularidades normativas de cada una.

Cubrimos toda España con asesoramiento previo gratuito por teléfono o WhatsApp, redacción de documentación adaptada a la comunidad de residencia y acompañamiento presencial en notaría cuando es necesario.

Tanto si se plantea constituir pareja de hecho como si necesita disolverla con seguridad jurídica, le atendemos de forma instantánea.

Llámenos ahora o escríbanos por WhatsApp para obtener precio fijo y pago aplazado.

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