LOGARM ABOGADOS
Calculadora de pensión de alimentos 2026
Introduzca los datos económicos de ambos progenitores. El cálculo es instantáneo y el resultado incluye el desglose completo de la cifra final.
Pensión orientativa mensual
0 €
Desglose del cálculo
Tramite su separación o divorcio de mutuo acuerdo desde 250 € por progenitor
Precio fijo desde el primer día · Pago aplazado · Todo incluido
Esta herramienta reproduce el algoritmo oficial del Consejo General del Poder Judicial con los datos exactos de las Tablas 2.1, 2.2 y 2.3 extraídos del PDF de la Memoria Explicativa, y los actualiza con el IPC acumulado del 23,9% desde la última revisión del CGPJ en mayo de 2019.
Incorpora los gastos de vivienda y educación que la calculadora oficial omite, el ajuste por más de tres hijos, las dieciocho comunidades autónomas con sus índices correctores oficiales, y un margen conservador del 7% pensado específicamente para escenarios de mutuo acuerdo.
Por qué esta calculadora de pensión de alimentos es más precisa que la del CGPJ
La calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial es el referente histórico en España para estimar la pensión alimenticia, pero arrastra tres carencias que afectan al resultado de forma significativa.
La última actualización formal de las tablas se aprobó en la Comisión Permanente del CGPJ del 16 de mayo de 2019, mientras que la propia metodología CGPJ prevé revisión cada cinco años — la actualización debida en 2024 no se ha producido.
Cualquier persona que use hoy la calculadora del Poder Judicial está obteniendo cifras en euros de 2019 sin ajustar al coste de vida actual.
La calculadora de LOGARM Abogados reproduce íntegramente el algoritmo oficial del CGPJ —las mismas Tablas 2.1, 2.2 y 2.3 con sus índices correctores autonómicos y municipales— pero corrige los tres puntos donde la oficial se queda corta:
| Aspecto | Calculadora oficial CGPJ | Calculadora LOGARM |
|---|---|---|
| Importes base | Euros de 2019 sin actualizar | Actualizados con IPC +23,9% (INE) |
| Gastos de vivienda | Excluidos sin alternativa | Campo opcional que se suma al resultado |
| Gastos de educación | Excluidos sin alternativa | Campo opcional que se suma al resultado |
| Más de 3 hijos | No contemplado | Extrapolación con fórmula oficial CGPJ |
| Mutuo acuerdo | Cifra única teórica | Margen conservador del 7% declarado |
| Desglose del cálculo | Solo cifra final | Paso a paso de cómo se llega al total |
El IPC del 23,9% no es una cifra inventada. Está calculado componiendo las tasas anuales publicadas por el Instituto Nacional de Estadística desde mayo de 2019 hasta abril de 2026: subidas del 6,5% en 2021, 5,7% en 2022, 3,1% en 2023, 2,8% en 2024 y 2,4% en 2025.
Una pensión que las tablas CGPJ marcaban en 320 € en 2019 equivale hoy a 396 € en términos reales — la diferencia entre seguir la calculadora oficial o aplicar el IPC supone 76 € mensuales en este ejemplo, cerca de 1.000 € al año.
Tabla pensión alimentos 2026: cuánto se paga por hijo según ingresos
La tabla siguiente resume los importes mensuales orientativos de la pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio, partiendo de las Tablas 2.1, 2.2 y 2.3 oficiales del CGPJ, con el IPC del 23,9% ya aplicado y el margen conservador del 7% que utiliza el cálculo de la herramienta.
Los valores corresponden al escenario más frecuente — progenitor custodio sin ingresos o con ingresos bajos — y antes de aplicar los correctores autonómicos y municipales. Para una cifra ajustada a su comunidad autónoma y municipio, utilice la calculadora superior.
| Ingresos netos del obligado | 1 hijo | 2 hijos | 3 hijos |
|---|---|---|---|
| Menos de 700 € | Mínimo vital de 200 €/hijo | ||
| 700 – 1.000 € | 227 – 289 € | 425 – 544 € | 530 – 691 € |
| 1.000 – 1.500 € | 289 – 366 € | 544 – 694 € | 691 – 908 € |
| 1.500 – 2.000 € | 366 – 424 € | 694 – 805 € | 908 – 1.076 € |
| 2.000 – 2.500 € | 424 – 468 € | 805 – 892 € | 1.076 – 1.211 € |
| 2.500 – 3.000 € | 468 – 502 € | 892 – 960 € | 1.211 – 1.322 € |
| 3.000 – 3.500 € | 502 – 530 € | 960 – 1.015 € | 1.322 – 1.413 € |
| Más de 3.500 € | 530 € + | 1.015 € + | 1.413 € + |
Importantes matices que esta tabla no captura y que la herramienta sí incorpora: la pensión varía según la comunidad autónoma de residencia del menor (Madrid y Navarra multiplican por 1,144 mientras Extremadura aplica un factor 0,831), el tamaño del municipio ajusta un ±5% adicional, y los importes finales no incluyen los gastos de vivienda y educación, que deben sumarse aparte según la metodología del propio CGPJ.
Pensión de alimentos con nómina de 1.500, 2.000 y 2.500 euros: ejemplos prácticos
Las consultas más frecuentes en nuestro despacho parten siempre de tramos de salario muy concretos.
La pensión real depende también de los ingresos del progenitor custodio, el número de hijos, la comunidad autónoma y los gastos de vivienda y educación atribuibles al menor, pero los siguientes escenarios ofrecen una referencia útil para empezar el divorcio express con LOGARM.
Pensión de alimentos con nómina de 1.500 euros
Caso típico: progenitor obligado con 1.500 € netos mensuales, progenitor custodio sin ingresos, un hijo, residencia en una ciudad de 80.000 habitantes en Comunitat Valenciana. La Tabla 2.1 del CGPJ marca 318 € de pensión base. Aplicando el corrector autonómico valenciano (0,9610), el corrector municipal (1,0167), el IPC actualizado (1,239) y el margen conservador (0,93), la pensión orientativa final queda en 358 €. Si hay un gasto de vivienda atribuible al menor de 250 € y educación por 150 €, la cifra total mensual sube a 758 €.
Pensión de alimentos con nómina de 2.000 euros
Mismo escenario familiar con un obligado que cobra 2.000 € netos: la Tabla 2.1 marca 368 € de pensión base. Tras los correctores valencianos y el IPC, la cifra orientativa final ronda los 414 € sin contar vivienda ni educación. En Madrid capital (corrector 1,144 y municipio >100.000 hab) la misma situación arrojaría unos 509 €. En Extremadura, con ese mismo tamaño de municipio mediano, unos 358 €. La diferencia entre comunidades es relevante y refleja el coste de vida real, no una arbitrariedad.
Pensión de alimentos con nómina de 2.500 euros
Obligado con 2.500 € netos, custodio sin ingresos, dos hijos en Madrid capital. La Tabla 2.2 del CGPJ marca 774 € de pensión base para dos hijos. Aplicando corrector Madrid (1,144), municipio grande (1,0483) e IPC, la cifra orientativa total ronda los 1.070 €. Si los menores estudian en colegio concertado (200 € mensuales entre ambos) y hay una hipoteca con cuota atribuible de 400 €, el coste total mensual del progenitor obligado supera los 1.670 €.
Estos ejemplos muestran por qué la pensión orientativa rara vez coincide con la pensión efectivamente fijada: vivienda, educación, comunidad autónoma y particularidades del caso desplazan la cifra final en cualquier dirección. La herramienta captura todos esos factores. Para casos con régimen de visitas amplio, hijos con discapacidad, pluriempleo o ingresos por patrimonio, el análisis técnico de un abogado especialista es imprescindible.
Custodia compartida y pensión de alimentos: cuándo se paga y cuánto
Existe una creencia muy extendida de que la custodia compartida elimina automáticamente la pensión de alimentos.
En la mayoría de casos si, pero no siempre. La doctrina consolidada del Tribunal Supremo (entre otras, STS 275/2016 y STS 661/2015) establece que la custodia compartida con ingresos parecidos entre ambos progenitores habitualmente no requiere pensión, pero cuando existe un desequilibrio económico significativo, el progenitor con mayor renta debe compensar al otro para que los menores mantengan un nivel de vida similar en ambos hogares.
En la práctica, la herramienta de LOGARM ABOGADOS aplica el siguiente criterio:
- Diferencia de ingresos inferior al 15%: no se fija pensión. Cada progenitor cubre los gastos del menor durante su tiempo de convivencia y los gastos comunes (colegio, sanidad no cubierta, ropa) se reparten al 50% mediante cuenta conjunta o aportaciones proporcionales.
- Diferencia significativa de ingresos: el progenitor con mayor renta compensa al otro de forma proporcional al desequilibrio. Por ejemplo, si uno gana 3.000 € y el otro 1.500 €, el primero asume aproximadamente el 67% del coste total del menor y el segundo el 33%, lo que se materializa en una transferencia mensual del primero al segundo.
La diferencia respecto a la custodia exclusiva o monoparental es importante: en la monoparental, el progenitor no custodio paga la pensión completa que arroja la tabla; en la compartida, lo que se paga es solo la diferencia respecto al reparto teórico al 50% del coste total.
Por eso las cifras finales en compartida son sustancialmente menores cuando los ingresos son razonablemente parecidos.
Cómo se actualiza la pensión de alimentos con el IPC cada año
Toda sentencia o convenio regulador debe incluir una cláusula de actualización anual de la pensión según la variación del Índice de Precios al Consumo.
Si no se especifica el mecanismo concreto, los tribunales aplican por defecto el IPC general nacional publicado por el INE, tomando como referencia el mes en que se firmó la sentencia o el convenio regulador.
El procedimiento práctico es el siguiente: cada año, normalmente en enero o en el mes aniversario de la sentencia, se consulta la variación interanual del IPC publicada por el INE (datos disponibles en la calculadora oficial del INE) y se multiplica la pensión vigente por el factor correspondiente.
Una pensión de 400 € con IPC interanual del 3,2% pasa automáticamente a 412,80 € sin necesidad de procedimiento judicial.
El problema aparece cuando una de las partes no aplica la actualización o cuando, transcurridos varios años, las circunstancias económicas han cambiado de forma sustancial.
En esos casos procede una modificación de medidas, procedimiento independiente del divorcio que permite revisar la cuantía conforme a la nueva realidad.
Cualquier alteración estable y relevante de los ingresos —ascenso laboral, pérdida de empleo, nacimiento de nuevos hijos, hijos que terminan estudios— puede justificar esta modificación.
Gastos ordinarios y extraordinarios: qué incluye la pensión y qué se paga aparte
La cifra que arroja el simulador se refiere exclusivamente a los gastos ordinarios del menor — aquellos previsibles, periódicos e imprescindibles para su sustento diario.
Los gastos extraordinarios son por definición imprevisibles o no periódicos, y se reparten habitualmente al 50% entre ambos progenitores o en proporción a sus ingresos, según establezca el convenio regulador o la sentencia.
Gastos ordinarios incluidos en la pensión:
- Alimentación diaria y productos de primera necesidad
- Vestido y calzado adecuado a la edad y temporada
- Higiene personal y productos farmacéuticos básicos
- Gastos médicos cubiertos por la sanidad pública
- Ocio ordinario y actividades cotidianas
- Suministros del domicilio donde reside el menor (parte proporcional)
Gastos extraordinarios que se pagan aparte:
- Tratamientos médicos no cubiertos: ortodoncia, gafas, terapias específicas
- Actividades extraescolares de pago: deportes federados, idiomas, música
- Viajes de estudios, intercambios y campamentos
- Material escolar no básico y matrículas universitarias
- Eventos puntuales: comuniones, bodas familiares, viajes especiales
El simulador separa además dos partidas que, técnicamente, son gastos ordinarios pero que el CGPJ excluyó deliberadamente de sus tablas para que se pondere caso a caso: la vivienda (parte de hipoteca, alquiler e IBI del domicilio del menor) y la educación (colegio, comedor, transporte escolar, libros).
Ambas se introducen como campos opcionales para obtener una cifra total realista.
Qué hacer si el resultado de la calculadora no encaja con su caso
Esta herramienta es orientativa de gran precisión, pero hay situaciones que escapan a cualquier tabla porque dependen de pruebas, jurisprudencia local y estrategia jurídica.
En estos casos el análisis personalizado es imprescindible:
- Hijos con discapacidad o necesidades especiales: el coste real supera ampliamente las tablas y se prueba con informes médicos y psicopedagógicos.
- Régimen de visitas muy amplio del no custodio: cuando el obligado convive con el menor más del tiempo estándar (por ejemplo, 40-45% del año), la pensión se reduce proporcionalmente.
- Pluriempleo o variabilidad de ingresos: autónomos, comisionistas y rentistas requieren un análisis específico que combine declaración IRPF, modelos trimestrales y movimientos bancarios.
- Ingresos por patrimonio no salarial: alquileres, dividendos, herencias en gestión — la base de cálculo debe ampliarse.
- Obligado sin ingresos declarados: la pensión no desaparece. Los tribunales aplican el concepto de capacidad económica latente y, en último término, el mínimo vital.
- Impago reiterado: procedimiento de ejecución, embargo de nómina, retención de devoluciones de Hacienda y, en casos graves, vía penal por abandono de familia (art. 227 Código Penal).
Si su caso encaja en alguno de estos supuestos, o si simplemente necesita una cifra defendible para presentar en mediación o en el juzgado, contacte con LOGARM Abogados.
Realizamos un primer análisis sin compromiso y, en divorcios de mutuo acuerdo, ofrecemos divorcio express con precio fijo y pago aplazado.
Ldo. Mario López Ruiz, CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023. Acceder a su perfil profesional en LinkedIn.
Preguntas frecuentes sobre la calculadora de pensión de alimentos
¿Cuánto se paga de pensión de alimentos en España?
Depende de los ingresos netos de ambos progenitores, del número de hijos, de la comunidad autónoma y del tamaño del municipio. Como referencia general, las tablas del CGPJ marcan entre el 15% y el 30% del salario neto del progenitor obligado por hijo. La calculadora superior aplica el algoritmo oficial con todos esos factores para ofrecer una cifra ajustada a su caso concreto.
¿Las tablas del CGPJ son vinculantes?
Son objetivas pero orientativas. Las partes podrán acordar entre ellas el importe que estimen conveniente, atendiendo a las circunstancias específicas de cada caso, conforme al artículo 146 del Código Civil. En divorcios de mutuo acuerdo la cifra de pensión es la que pacten las partes (el juez o el letrado de la Administración de Justicia solo verifica que el acuerdo no sea lesivo para el interés del menor).
¿Por qué la calculadora oficial del CGPJ está desactualizada?
Las tablas se aprobaron por última vez el 16 de mayo de 2019. La propia metodología CGPJ prevé actualización cada cinco años, pero no se han revisado desde entonces — la actualización debida en 2024 no se ha producido. Por eso esta calculadora aplica el IPC acumulado del 23,9% para reflejar el coste de vida real en 2026.
¿La calculadora incluye los gastos de vivienda y educación?
Las tablas del CGPJ excluyen expresamente vivienda y educación, por lo que la calculadora oficial las omite. Esta herramienta los añade como campos opcionales que se suman a la pensión base. Si no introduce nada en esos campos, el resultado coincide con lo que arrojarían las tablas puras.
¿Cómo se calcula la pensión en custodia compartida?
Si los ingresos de ambos progenitores son similares (diferencia inferior al 15%) habitualmente no se fija pensión. Si hay un desequilibrio significativo, el progenitor con mayor renta compensa al otro proporcionalmente. La calculadora aplica este criterio automáticamente al seleccionar custodia compartida.
¿Puedo usar el resultado en mi convenio regulador?
Sí, como cifra totalmente objetiva y justa. En LOGARM ABOGADOS realizamos esta revisión sin coste como parte de la consulta inicial del divorcio.
¿Qué pasa si el progenitor obligado tiene ingresos muy bajos?
Cuando los ingresos del obligado son inferiores a 700 € mensuales netos, la calculadora aplica un mínimo vital de 200 € por hijo. Es el criterio que vienen aplicando los tribunales para garantizar la contribución mínima al sustento del menor incluso en situaciones de precariedad económica. La obligación legal de alimentar a los hijos no desaparece nunca, ni siquiera en desempleo sin prestaciones, incapacidad o ingreso en prisión.
¿Cuándo se puede modificar la pensión de alimentos ya fijada?
Cuando se produce un cambio sustancial y estable en las circunstancias económicas o personales de cualquiera de los progenitores o del menor. Ejemplos típicos: cambio de empleo con variación significativa de salario, nacimiento de nuevos hijos, finalización de estudios del hijo perceptor, desempleo prolongado, hijo que alcanza independencia económica. La modificación se tramita mediante procedimiento judicial específico —independiente del divorcio— o de mutuo acuerdo si ambas partes están de acuerdo en la nueva cuantía.
¿Quiere tramitar su divorcio de mutuo acuerdo con LOGARM ABOGADOS?
Llámenos al 619 25 60 05 o escríbanos por WhatsApp. Solo gestionamos divorcios de mutuo acuerdo — precio fijo desde el primer día y pago aplazado.
Mario López Ruiz · Abogado de familia · Colegiado nº 7745 · CEO de LOGARM ABOGADOS desde 2023 · Miembro AEAFA · Revisado y verificado: mayo 2026
