Indemnización interinos
Si usted es o ha sido interino, puede tener derecho a una indemnización.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre el abuso de la temporalidad por parte de las Administraciones Públicas en nuestro país.
En consecuencia, todo el personal temporal al servicio de las mismas, cuyo contrato haya excedido de los límites temporales legalmente establecidos deberán ser compensados por la situación abusiva sufrida.
Actualmente se considera como límite temporal un periodo de tiempo de al menos tres años.
Requisitos para poder reclamar
1.- El personal laboral o funcionarios interinos al Servicio de las Administraciones Públicas, cuya relación temporal se haya prolongado excesivamente en el tiempo (personal sanitario, maestros y profesores, personal de justicia, personal al servicio de ayuntamientos, etc.).
2.- Personal fijo al servicio de las Administraciones que haya sido temporal con anterioridad a la obtención de la fijeza (mismo personal descrito).
3.- El Personal temporal al servicio de la Administración que haya sido cesado sin compensación alguna (mismo personal descrito.
El Tribunal Comunitario considera que la fijeza es la solución adecuada para sancionar el abuso de temporalidad, así como la concesión de una indemnización, que, como mínimo, parte de los veinte días por año de servicio.
Los tribunales nacionales que ya se están pronunciando en este sentido, condenan a la Administración, según el caso concreto, a abonar indemnizaciones de hasta 45.000 €.