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En cambio, si dispone de ese tiempo, puede seguir leyendo las razones por las que somos abogados líderes en reclamación de impago de pensión de alimentos y/o compensatoria, tanto a nivel profesional como en precios.
La pensión de alimentos es una obligación legal que recae sobre uno de los progenitores para garantizar el bienestar y sustento de sus hijos.
Cuando se incumple esta obligación, nos encontramos frente a un caso de impago de pensión de alimentos, independientemente de su causa.
Esta situación puede generar preocupación y estrés en la parte afectada, especialmente cuando se depende de esa pensión para cubrir las necesidades básicas de los hijos.
El impago de 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos será motivo de inicio de las acciones que ahora explicaremos.
En el caso de que tu expareja pague mensualmente la pensión de alimentos en efectivo y no te solicite recibo de ello, ni quede registrado dicho pago de ninguna manera, contará como no realizado.
En primer lugar, habrá que revisar lo que se dispone en la resolución judicial acerca de cuándo debe realizar el pago mensualmente. En la mayoría de casos se estipula que los pagos se deben realizar entre los días 1 a 5 de cada mes.
Para el caso en el que tu expareja no pague dentro de esos días (por ejemplo, un mes el día 20, otro mes el día 30, etc.) podrá presentarse una demanda de ejecución de la resolución judicial en la que se solicite el cumplimiento estricto de lo dispuesto en ella.
En los casos en los que la persona que viene obligada a realizar el pago de la pensión de alimentos no proceda a la actualización de su cuantía anualmente, cabrá la reclamación de la diferencia entre la cantidad pagada y la cantidad actualizada, mediante la interposición de una demanda de ejecución de sentencia.
Antes de la interposición de dicha demanda, es conveniente enviar un aviso mediante burofax.
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